EL SERVICIO DEL ALTAR
Y DE LA COMUNIDAD
Acólitos y Ministros de la comunión
El Concilio determinó que en las celebraciones litúrgicas, cada cual realice todo y sólo aquello que le corresponde por la naturaleza de la acción y las normas litúrgicas (SC 28; IGMR 91). Acólito significa acompañante, ayudante. Los acólitos son los ministros que se ocupan del servicio del altar y del cuidado de los objetos sagrados, y ayudan al presbítero y al diácono en sus funciones. Los acólitos pueden ser: EL ACÓLITO El acólito sirve a Dios y a toda la comunidad (presbíteros y diáconos, a los fieles, especialmente a los enfermos). "El acólito es instituido para el servicio del altar y para ayudar al sacerdote y al diácono. A él le corresponde especialmente preparar el altar y los vasos sagrados y, si fuera necesario, distribuir a los fieles la Eucaristía, de la que es ministro extraordinario" (IGMR 98; Ministeria quaedam VI). Si en la celebración hay varios acólitos se distribuyen las funciones:
Acólitos instituidos permanente: fieles (laicos, varones, preparados) a los que es conferido el ministerio en el rito (CDC 230,1).
Por encargo temporal u ocasional: fieles (varones o mujeres) (CDC 230,2) y candidatos al diaconado (CDC 1035).
Ministros extraordinarios de la comunión: personas idóneas (varones o mujeres), elegidas individualmente, para distribuir la comunión y llevarla a los enfermos (CDC 230,3). Normalmente es un encargo temporal.
En caso necesario puede actuar como ministro extraordinario de la comunión, o exponer el Santísimo (sin dar la bendición).
Se ocupa de la actividad litúrgica de la comunidad. También se encarga de los monaguillos.
LOS MONAGUILLOS
En la mayoría de nuestras comunidades no hay acólitos instituidos: los monaguillos actúan como acólitos.
Actualmente pueden ser tanto varones como mujeres.
Prestan su servicio al que preside, al altar y a la asamblea (las funciones mencionadas para el acólito) y además:
sirven el agua bendita, responden al celebrante, acercan los elementos necesarios, distribuyen hojas y libros
(podrían leer las lecturas cuando no hay lector y proclamar las intenciones de la oración de los fieles)
El grupo de monaguillos, estable y bien formado, puede ser muy provechoso para la comunidad, y de él pueden salir colaboradores litúrgicos y vocaciones sacerdotales.
EL MINISTRO EXTRAORDINARIO DE LA COMUNIÓN
Es elegido por el obispo para suplir en esta función, por un tiempo determinado, la falta de presbíteros, diáconos o acólitos.
Ejerce este ministerio en caso de falta del ministro ordinario (o cuando la cantidad de fieles prolongaría excesivamente la celebración), dentro y fuera de la Misa.
Hay que tener presente que los fieles no pueden tomar directamente la comunión, sin intermediación de un ministro de la misma (Inaestimabile donum 9).
Estos ministros deben distinguirse por su piedad y su sentido de responsabilidad en el ejercicio de sus funciones. La Eucaristía debe ser el centro de su vida, participando en ella frecuentemente (no sólo los domingos).
Para designarlos, el orden de preferencia es: un lector, un seminarista, un religioso o religiosa, un catequista, otro fiel varón o mujer (Immensae caritatis 2,4).
No se deben elegir personas cuya designación pueda causar estupor a los fieles (Immensae caritatis 2,6).
En caso necesario, el sacerdote puede encargar a una persona idónea que, por esa sola vez, distribuya la comunión.
Donde no es posible celebrar la Eucaristía todos los domingos y fiestas, un laico autorizado puede convocar la asamblea litúrgica, presidir una celebración de la Palabra y administrar la comunión.
Este artículo originalmente fue confeccionado en base a la bibliogafía recomendada y a la experiencia de los autores, para uso de la Escuela de Servicios y Ministerios de la Diócesis de Viedma (Argentina).